La igualdad en las retribuciones
económicas de hombres y mujeres, por la realización de un mismo trabajo o por un trabajo de igual
valor, constituye un derecho recogido en Art. 28 del Estatuto de los Trabajadores,
sin embargo esta desigualdad se sigue dando y es una de las más importantes
discriminaciones que sufren las mujeres en el ámbito laboral.
Es por
ello que se tomó esta fecha como día para la reivindicación de la equiparación
salarial entre mujeres y hombres
con la intención de visibilizar una problemática histórica y real que se sigue
perpetuando, pese a que constituya una discriminación penalizada en diferentes
normativas, tanto a nivel nacional como internacional.
A nivel internacional
existe normativa al respecto desde el Convenio 100 de la OIT de 1950, pasando por numerosos tratados y directivas
hasta llegar a la más
reciente del Parlamento
Europeo de fecha 12 de diciembre de 2012, donde
se aprobó la Resolución sobre la situación de los derechos fundamentales en la
Unión Europea. Insta a la UE y
a los Estados miembros a que dupliquen sus esfuerzos para conseguir los
objetivos del Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020) y a que
adopten medidas para tratar la brecha salarial entre hombres y mujeres, la
segregación en el trabajo.
Desde las
instituciones se sigue trabajando en este sentido y seguimos encontrándonos con
estudios y estadísticas que corroboran afirmaciones tales como que “Una mujer tiene que trabajar 82 días más que un hombre para cobrar lo
mismo” o que “una
mujer puede llegar a cobrar un 41,3% memos que un hombre”, según algunos
informes de impacto de género. Leemos en prensa que las mujeres perciben un salario anual en torno a un 20 % inferior al de los hombres por trabajos iguales o de igual valor, pero parece haberse interiorizado
esta desigualdad como natural en el mercado de trabajo con el consecuente
riesgo de no analizar las consecuencias que de ello se derivan.
Nos enfrentamos a una 'brecha' de género que refleja las desigualdades acumuladas a
lo largo de toda la vida, y que se agrava conforme se cumplen años, convirtiéndose en
una amenaza real para las mujeres de mayor edad. ¿Y esto por qué ocurre?, en
los casos en que las mujeres perciben prestación por sus años de trabajo, éstas
sueles ser inferiores a las de los hombres, por varios factores: la diferencia
salarial presente durante toda su trayectoria profesional, la interrupción o cese de la
carrera laboral para cuidar de los hijos (o
familiares enfermos o mayores) y una mayor tendencia a desempeñar trabajos de media jornada para poder conciliar.
Como explica
la eurodiputada holandesa Ria Oomen-Ruijtenj, “tener un
salario más bajo implica tener una prestación por desempleo y una pensión de
jubilación más baja”, este efecto perverso supone que las mujeres
mayores tienen más probabilidades de enfrentarse a la pobreza: un 22 % de las
mujeres de 65 años o más corren el riesgo de caer en la pobreza, frente a sólo
un 16 % de los hombres.
El informe publicado por UGT sobre “Diferencias sobre desigualdades salariales” señala muy acertadamente cómo la
brecha salarial está produciendo una importante brecha social, pues las
mujeres se encuentran en una posición doblemente desfavorable: ser destinatarias
de modalidades de contratación más precarias, y sufrir una penalización en las
retribuciones por un trabajo de igual valor que el de un hombre - hasta el 23
por ciento menos-, que va a condicionar toda su trayectoria vital.
Y en todo esto, no hay que perder de vista que acabar
con las diferencias de retribución entre mujeres y hombres, es lo justo y contribuye
a la creación de una sociedad más igualitaria.

